Visitas de Verificación

Para garantizar el derecho de protección a la salud la Coordinación de Regulación Sanitaria, lleva a cabo la vigilancia sanitaria a todos los establecimientos, a través de visitas de verificación, con la finalidad de constatar el cumplimiento de la normatividad sanitaria vigente aplicable al giro correspondiente.

¿Qué sucede si tienes una visita de verificación?

  1. Solicita la identificación del verificador. El verificador te deberá mostrar su credencial vigente, expedida por la autoridad sanitaria competente que lo acredite legalmente para desempeñar dicha función.

  2. Recibir la orden de verificación. El verificador te deberá entregar el original de la orden escrita, con las disposiciones legales que la fundamenten, con firma autógrafa expedida por la autoridad competente y recabar en la copia de la orden, tu firma y nombre de recibido.
  3. Conocer el propósito y alcance de la visita. En la orden de visita se debe precisar el objeto de la misma, su alcance, y los datos del establecimiento que se va a verificar.
  4. Designar dos testigos que deberán permanecer durante la visita. Al inicio de la visita designarás dos testigos que deberán permanecer durante el desarrollo de la misma. Si no deseas hacerlo, serán designados por el verificador, circunstancia que se hará constar en el acta.
  5. Conocer los hechos o circunstancias que se encuentren en la verificación. En el acta que se levante con motivo de la verificación, se harán constar las circunstancias de la misma, las deficiencias o irregularidades observadas, así como las medidas de seguridad que se ejecuten.
  6. Establecer la causa. Cuando proceda la "suspensión de actividades" o "clausura" en ese momento por infringir la ley.
  7. Al concluir la verificación tendrás la oportunidad de manifestar lo que a tu derecho convenga, asentando tu dicho en el acta respectiva y recabando tu firma en el propio documento o podrás reservar tu derecho y hacerlo valer dentro de los 5 días siguientes ante la autoridad que emitió la Orden de verificación.
  8. Leer el acta de verificación y recibir copia. Deberás leer el acta, recabar las firmas de las personas que intervinieron y recibir la copia de la misma. Si por algún motivo te niegas a firmar o recibir la copia del acta o de la orden de visita, el verificador lo hará constar en la propia acta y no se afectará su validez, ni la de la diligencia practicada.

Si recibí una visita de verificación ¿Qué tengo que hacer?

Solicitar una cita o acudir al Centro de Atención Jurídica de la Coordinación de Regulación Sanitaria o en su caso asistir a la Jurisdicción que corresponda según autoridad que haya emitido la Orden de Verificación, con la finalidad de:

  • Presentar escrito para manifestar lo que a sus intereses convenga en relación con los hechos del acta de verificación dentro de los 5 días subsecuentes a la vista.
  • Acreditar el interés jurídico o legítimo; para el caso de promover a nombre de otro, deberá acreditar su personalidad, mediante poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos.
La presentación de Documentos siempre deberá ser en Original o en Copia Certificada y Copia Simple o Fotostática para su cotejo.

Aquí puedes solicitar una CITA para asistir al Centro de Atención Jurídica CAJ , para realizar cualquiera de los siguientes trámites:
  1. Solicitar Informes
  2. Notificaciones
  3. Entrega de Documentos
  4. Presentación de escrito para desahogo de Garantía de Audiencia
Procedimiento Jurídico Administrativo