Cáncer de Cuello Uterino

El cáncer de cuello úterino, es un tipo de cáncer que se origina en las células del cuello del útero (o matriz) y se asocia a la infección por virus del papiloma humano de alto riesgo (VPH).
Todas las mujeres tienen riesgo de padecerlo. Al año cerca de 4000 mujeres en México fallecen por esta causa, la mayoría no se realizó nunca una detección.

Factores de riesgo:

  • Inicio de vida sexual antes de los 18 años
  • Múltiples parejas sexuales o conductas de riesgo
  • Infección por VPH
  • Tabaquismo
  • Infecciones de transmisión sexual
  • Pareja sexual masculina infectada por VPH
  • Tener una pareja que ha tenido múltiples parejas sexuales
  • Mujeres menores de 30 años sin antecedente de control citológico
  • Mujeres inmunocomprometidas


Signos y síntomas más comunes del cáncer de cuello de útero

  • Sangrado intermenstrual
  • Sangrado postcoital
  • Sangrado posmenopáusico
  • Apariencia anormal del cérvix (sospecha de malignidad)
  • Descarga vaginal (manchado de sangre)
  • Dolor pélvico

¿Cómo prevenirlo?

El cáncer uterino es la única neoplasia prevenible al 100% mediante:
  • Vacunación contra el VPH
  • Uso correcto de condón
  • Detección y tratamiento de lesiones precancerosas (Papanicolau y PCR-VPH)
  • Evitar consumo de tabaco
  • Uso de terapia hormonal antes o después de la menopausia por más de 5 años

¿Cómo detectarlo a tiempo?

Si tienes entre 25 y 64 años, solicita tu prueba de detección en la unidad de salud más cercana a tu domicilio.
  • Si tienes 25 a 34 años o ya iniciaste vida sexual activa te toca realizarte tu Papanicolau
  • Si tienes de 35 a 64 años solicita tu prueba de PCR para la detección de Virus del Papiloma Humano (VPH)
La prueba es gratuita y está disponible en todas las instituciones del Sistema Nacional de Salud.


Las pruebas disponibles en México identifican lesiones antes de que sean cáncer, por lo que el tratamiento es local y no requiere hospitalización.


Personas LGBTTTI, su contexto ante el cancer de cuello uterino

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SI BRINDAS ATENCIÓN MÉDICA EN UNIDADES DE SALUD,
TE INVITAMOS A CONOCER LAS:

Acciones y recomendaciones para el personal de salud de acuerdo al Protocolo para el Acceso sin Discriminación a la Prestación de Servicios de Atención Médica de las Personas LGBTTTI.

¡JUNTAS Y JUNTOS POR UNA ATENCIÓN SIN DISCRIMINACIÓN!

PERSONAS LGBTTTI | SU CONTEXTO ANTE
EL CÁNCER DE CUELLO UTERINO

El cáncer de cuello uterino, se asocia a la infección del Virus del Papiloma Humano (VPH), del cual existen más de 200 tipos, aunque NO TODOS provocan cáncer.

  • Estos virus se transmiten por contacto sexual (vagina, ano, pene y boca).
  • Contraer VPH no se liga a tener varias parejas sexuales. Cualquier persona puede infectarse durante su primera relación sexual.
  • Ocho de cada 10 personas se infectarán en algún momento de su vida.


La comunidad LGBTTTI es más vulnerable, ya que por temor a ser discriminada en la consulta médica, los diagnósticos se realizan de forma tardía.

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PERSONAS LGBTTTI | SU CONTEXTO ANTE
EL CÁNCER DE CUELLO UTERINO

Contraer ciertas cepas del Virus del Papiloma Humano (VPH) puede provocar cáncer de cuello uterino.
Para prevenir la infección del VPH:

  • Usa correctamente el condón para pene y/o vulva, en caso practicar sexo oral, utiliza láminas de látex para aminorar las posibilidades de contagio.
Toma en cuenta que:
  • Es asintomático por eso es importante que mujeres y hombres, independientemente de su identidad de género, se realicen anualmente el Papanicolaou a partir de los 25 a los 34 años y prueba de VPH a partir de los 35 a los 64 años.
Reconocer y nombrar tu identidad de género y expresión de género, aunque esta no corresponda con su documentación (INE, Acta de nacimiento, CURP), es un derecho a la salud y al acceso a servicios de salud sin discriminación.

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PERSONAS LGBTTTI | SU CONTEXTO ANTE
EL CÁNCER DE CUELLO UTERINO

La infección por el Virus del Papiloma Humano (VPH) es frecuente, casi en todas las personas sexualmente activas, sin embargo, la comunidad LGBTTTI es más vulnerable, al acceder a una detección tardía por temor a ser discriminados durante la atención médica.

COMO PERSONAL DE SALUD:

  • Escucha sus experiencias para evaluar y abordar sus necesidades para restablecer mejores estrategias de prevención y atención del cáncer de cuello uterino.
  • Omite expresiones heterosexistas, homofóbicas y discriminatorias durante la consulta.
  • Otorga un igualitario, sin condicionar la atención a factores sociales, culturales, económicos o físicos.
  • Brinda una atención adecuada a su identidad y/o expresión de género, así como a su orientación sexual, con respeto y dignidad para asentarla en el registro y expediente clínico. Aunque esta no corresponda con su documentación (INE, Acta de nacimiento o CURP).


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ACCIONES Y RECOMENDACIONES PARA EL PERSONAL DE SALUD DE ACUERDO AL PROTOCOLO PARA EL ACCESO SIN DISCRIMINACIÓN A LA PRESTACIÓN
DE SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA DE LAS PERSONAS LGBTTTI.

  1. El profesional médico será sensible en las formas de preguntar en la consulta, omitiendo expresiones heterosexistas, homofóbicas y discriminatorias, que puedan incidir para que la persona declare su identidad y/o expresión de género o su orientación o preferencia sexual, en el caso de que así lo decidan.
  2. La autodenominación de la persona debe prevalecer sobre la de los profesionales en todos los niveles de atención.
  3. En el expediente clínico, deberán asentarse los datos personales que coincidan con los documentos legales que acrediten la personalidad jurídica de las personas.
  4. El personal que tenga bajo su responsabilidad el registro y manejo de información en los establecimientos, se encargará que los documentos de gestión internos refieran a la autodenominación de la persona.
  5. En los casos que la persona se identifique con un documento que no concuerde con su identidad y/o expresión de género o a sus características sexuales, el prestador de servicio le pedirá respetuosamente que indique la identidad de género con la cual se identifica, para ser asentada en el registro.
  6. Se recomienda que el prestador de servicio llame a la persona por su apellido cuando no se tenga seguridad si el nombre que figura en los registros es el que utiliza, y no es posible confirmarlo. Esto evita que las personas vivan situaciones discriminatorias que pueden resultar no solo incómodas, sino incluso humillantes.
  7. Los titulares de los establecimientos promoverán una política institucional basada en cero tolerancia a cualquier acto de discriminación.
  8. Los titulares de los establecimientos promoverán una política institucional basada en cero tolerancia a cualquier acto de discriminación.
  9. Los establecimientos deberán realizar campañas internas de difusión que contemplen temas relativos a los derechos de las personas LGBTTTI.
  10. Los titulares de los establecimientos deberán promover campañas permanentes de promoción de la salud sexual y reproductiva, así como de prevención de enfermedades crónico-degenerativas, infecciosas y de transmisión sexual con perspectiva dirigida a las personas LGBTTTI.
  11. El establecimiento deberá conformar programas de capacitación y sensibilización sobre los temas inherentes a la atención de las personas LGBTTTI, que incluyan temáticas sobre la no discriminación, igualdad de oportunidades, atención a personas en situación de vulnerabilidad y protección de los derechos en salud entre otros temas relevantes.

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